Las Cortes Generales de la Corona de Aragón.


Las Cortes Generales de la Corona de Aragón celebraban conjunta y simultáneamente las Cortes de Aragón, Valencia y del Principado de Catalunya. El Reino de Mallorca no convocaba Cortes y enviaba a sus representantes a las del Principado. Como no se podían convocar fuera de Aragón ni del Principado, se solían celebrar en Monzón o en Fraga, localidades aragonesas consideradas como propias tanto por catalanes como por aragoneses en la época. A diferencia de las Cortes de Castilla de la época, que funcionaban únicamente como órgano consultivo al que el rey concedía privilegios y fueros, las Cortes catalanas eran un órgano normativo, ya que sus acuerdos tenían fuerza de ley, en el sentido de contrato que el rey no podía revocar.