REINO DE CASTILLA (1157-1230)

Total de piezas: 182

Bandera del Reino de CastillaEl Reino de Castilla fue uno de los reinos medievales de la península ibérica. Castilla surgió como entidad política autónoma bajo la forma de condado vasallo de León.

SANCHO Garcés II, casado, posiblemente, con Urraca Fernández hija de Fernán GONZÁLEZ.


SANCHO GARCÉS II, Abarca, rey de Navarra, se casa posiblemente en 962, con Urraca Fernández, hija de Fernán GONZÁLEZ y de Sancha de Pamplona. (Antes de 950 Urraca ha estado casada con Ordoño III de León y en 956 se ha casado con el futuro Ordoño IV “El Malo”, de quien se ha separado).

AL-HAKAM II se decide a atacar a los reyes cristianos que se han aliado para la defensa de sus reinos.


AL-HAKAM II se decide a atacar a los reyes cristianos en el verano de 963. SANCHO I el Craso, ha conseguido que se alineen junto a él las fuerzas aliadas de León, Castilla, Pamplona y, por primera vez, las de los condes de Barcelona BORRELL y MIRÓ que rompen de esta manera con su buenas relaciones con el califato. Pero se trata en realidad de una alianza débil y llena de recelos por todas partes. El propio rey leonés carece de la fortaleza moral y del valor que poseyeron sus antepasados en ocasiones semejantes.

El resultado del ataque musulmán en diversos puntos es un múltiple fracaso cristiano.


El resultado del ataque musulmán en diversos puntos es un múltiple fracaso cristiano. Fernán GONZÁLEZ pierde San Esteban de Gormaz, se pierde también Atienza y la navarra Calahorra y el condado de Barcelona padece asismismo los efectos de este ataque. El rey de León, junto con el de Navarra, se apresura a pedir una nueva tregua. Barcelona vuelve a su política de paz con al-Ándalus. A partir de esta derrota estos tratados de paz adquieren un auténtico sentido de vasallaje.

La repartición del reino da lugar al surgimiento de los reinos de Castilla y Aragón.


La repartición del reino tras la muerte de Sancho Garcés III el Mayor entre sus cuatro hijos, yendo en contra de la ley vascona de sucesión, da lugar al surgimiento de los reinos de Castilla y Aragón. Comenzando con ello la decadencia del Reino de Pamplona y fin de la unidad política de la población vascoparlante. Estos reinos al seguir su expansión hacia el sur en la reconquista, aumentan más y más su población latina. Debido a ello, poco a poco el euskara, que es la lengua mayoritaría en esos reinos y lengua materna de los primeros reyes de Castilla y Aragón, va perdiendo peso y desapareciendo. Por otro lado, en aquellas épocas, el euskara, es considerado por el cristianismo, como una lengua bárbara y pagana. Lengua y cultura latinas son sinónimos de cristiandad, dado que la mayor parte de la población euskaldun es pagana. A medida que avanzan las lenguas y culturas latinas, avanzará el cristianismo. Hasta que ya en el siglo XIV, el euskara, será considerado como algo exógeno y propio solamente, del Reino de Pamplona. Dando lugar a los primeros decretos de prohibición del euskara, tanto en Castilla como en Aragón. Uno de ellos lo podemos encontrar en las ordenanzas municipales de la ciudad de Huesca de 1349.

Esta pieza también aparece en ... REINO DE ARAGÓN (I) (1035-1076)

FERNANDO I comienza a discutir la legalidad de los actos de su padre.


FERNANDO I comienza a discutir la legalidad de los actos de su padre, que han despojado a la Monarquía de una parte de sus antiguos territorios y a reclamar la restitución de éstos. Una insurrección estalla en Mena, Ayala y Somorrostro en favor del rey de Castilla.

Concilio de Coyanza (León) convocado por FERNANDO I el Grande y Sancha de León.


Concilio de Coyanza (León) convocado por FERNANDO I el Grande y Sancha de León. El Concilio de Coyanza establece reglas religiosas y de convivencia para los súbditos de los reinos afectados. Entre ellas cabe resaltar la acogida del rito católico romano, abandonando el rito visigótico establecido desde los primeros momentos por los reyes de Asturias, y subordinando así las diócesis de aquella primaria España a la autoridad papal. Otra importante reforma establecida en Coyanza obliga a los monasterios bajo la Regla de San Benito. El desarrollo del contenido tendrá lugar en los concilios compostelanos de 1060 y 1063.

Los “señoríos” acaparan la fuerza y los derechos necesarios para dominar a los campesinos.


Los “señoríos” acaparan la fuerza y los derechos necesarios para dominar a los campesinos de su demarcación a los que imponen “exacciones” (tributos, tasas) y “banalidades”, es decir derecho para obligar a los habitantes del señorío a servirse del horno, el molino, etc, establecidos por el señor; el derecho de imponer leyes y obligaciones y juzgar su infracción (jurisdicciones): obligación de colaborar en la defensa con las armas o con otro servicio de índole militar. Con este panorama desaparecieron prácticamente, durante el siglo XI, los antiguos alodios campesinos y se implantó el “vasallaje”.

Se empezó a expresar el conjunto de prerrogativas de los señores con la palabra “consuetudines”.


Todo ello como si se actuara, en este cambio, en nombre y consentimiento del rey. Al cabo de algunos años, no muchos, se empezó a expresar el conjunto de prerrogativas y derechos de los señores con la palabra “consuetudines” (costumbres, usos). Así que los poderes de origen real no se basaron ya en una delegación expresa de la soberanía, sino en el hábito y en el testimonio de la memoria colectiva. La codicia señorial llega en muchos casos no sólo a hacerse con las posesiones alodiales sino incluso con los dominios eclesiásticos. No había más remedio que aceptar la protección obligada de los poderosos. Nadie podía estar sin señor.

Esta pieza también aparece en ... COSTUMBRES CRISTIANAS Y DEMÁS EN GENERAL