QUERELLA DE LAS INVESTIDURAS

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Estrecha unión entre el estado y la Iglesia en el reino de los Francos.


La estrecha unión entre el estado y la Iglesia en el reino de los Francos, origina un nuevo modo de apreciar las dignidades eclesiásticas que vienen a considerarse como importantes privilegios políticos. Desde la segunda mitad del siglo VII los altos cargos eclesiásticos son llamados a resolver los problemas del estado de modo análogo a los príncipes seculares. A esta posición preeminente en la sociedad se une la propia dignidad sagrada, la cultura superior y vastas posesiones terrenas, patrimonio de las diócesis o monasterios de donde son titulares. Algunas de ellas reciben el privilegio de la inmunidad, con la exención fiscal y judiciaria. El propio prelado ejerce estas funciones.

El papa JUAN X recuerda en un escrito que en los primeros siglos, el clero y el pueblo elegían a los obispos.


Se ha perdido la costumbre de los nombramientos eclesiásticos, por la que el clero y el pueblo escogía a su obispo y los monjes elegían su abad, y es el emperador o el rey el que dispone de las sedes. Como recordaba el papa JUAN X en un escrito dirigido al arzobispo de Colonia en el año 921, esta era la antigua costumbre (prisca consuetudo) de la Iglesia (650), no el nombramiento hecho por el soberano. Así se explica la desgraciada situación de la Iglesia en esta época, en la que toda Europa occidental presenta el aspecto de un caos indescriptible. «Edad? de Hierro del pontificado» se ha llamado al siglo X, y la denominación podría extenderse a toda la vida europea.

En Alemania, el emperador OTÓN I (936-937) dota a los obispos y abades con derechos imperiales.


En el siglo IX casi todas las iglesias han gozado del privilegio de la inmunidad, al que se han unido otras importantes «regalías» al principio del siglo X como son el derecho de mercado y de moneda. En Alemania, el emperador OTÓN I (936-973) dota a los obispos y abades con derechos imperiales y participación de los bienes de la corona (sistema otónico).

Los nombramientos eclesiásticos realizados por personas civiles, reciben el nombre de investiduras.


En el siglo X las iglesias y abadías de Francia eran bienes hereditarios, ya que algunos príncipes comenzaron a nombrar para los cargos eclesiásticos a parientes suyos. A veces, con demasiada frecuencia, mediaba la simonía (compra de los poderes espirituales). Estos nombramientos eclesiásticos realizados por personas civiles, reciben desde el siglo XI el nombre de investiduras. Y tienen, asimismo, su rito: previo juramento de fidelidad, el rey entrega el báculo y el anillo que, luego, al morir el investido, se restituyen a la Corte. A la vista de todos se manifestaba esta dolorosa realidad:?la sumisión de la Iglesia a los poderes temporales. Y por ello, había en muchos espíritus un anhelo dominante: el de liberar a la Iglesia del poder laical. Y es que la lucha es en el fondo, entre el poder temporal y el espiritual. Pero como los papas de la época sostienen que el poder temporal debe estar sujeto al espiritual, el asunto degenera en lucha política, en enfrentamiento y división.

Los papas se desembarazan de la tutela de los emperadores para defender la independencia espiritual de la Iglesia (querella de las Investiduras).


Cuando el emperador, dueño teórico del universo y el soberano más prestigioso de Occidente, quiso afirmar su supremacía, tropezó con los papas, quienes, a partir de 1059, se desembarazaron de su tutela para defender la independencia espiritual de la Iglesia (querella de las Investiduras).

Se establecen las normas para la elección del Pontífice Romano.


Durante los años 1058 y 1059 se advierte en la Curia romana el comienzo de una política contra el predominio estatal sobre la Iglesia, manifestado en el nombramiento de las dignidades eclesiásticas. Y bajo el pontificado de NICOLÁS II (1058-61) se establecen las normas para la elección del Pontífice Romano, por las que se le independiza de toda la serie de pugnas entre las familias más influyentes de Roma, cuando no de los partidos políticos más poderosos. Esta resolución trascendental se proclama en el concilio de Letrán de 1059, junto con la aprobación de otras medidas contra el clero indigno, la prohibición de recibir cualquier dignidad eclesiástica de manos, de un seglar y de la simonía.

Las sedes episcopales más importantes se consideran «íglesias propías» del rey o del emperador.


Las sedes episcopales más importantes se consideran «íglesias propías» del rey o del emperador, quien propone para su gobierno, a las personas de su beneplácito, las cuales, antes de su consagración, le prestan juramento de fidelidad y se proclaman sus vasallos. Esta situación, en cierto sentido es explicable, por cuanto a los beneficios espirituales están unidos otros títulos y privilegios nobiliarios. En modo especial los emperadores de la dinastía sajona favorecen la creación de poderosos feudos eclesiásticos, que les reportan un valioso apoyo político. En la práctica, el nombramiento de los abades y obispos más importantes, y el solemne acto (investidura) mediante el cual se les otorgan los beneficios espirituales, son prerrogativa de la autoridad civil.

El emperador de Alemania, ENRIQUE IV, trata de utilizar la Iglesia para obtener numerario.


Dado que buena parte de los ingresos reales han caído en manos de la nobleza, el emperador de Alemania, ENRIQUE IV, trata de utilizar la Iglesia para obtener numerario, y así, gracias a la venta de dignidades eclesiásticas, logra los recursos que precisa. Pero la Iglesia se manifiesta en contra de esta práctica a pesar de la tradición imperial, y no consiente en la «Investidura laica». Por ello, intenta desembarazarse de la tutela imperial para defender la independencia espiritual de la Iglesia. En efecto, no desea laicos para cubrir los altos cargos; estos deben provenir exclusivamente de la propia jerarquía y, en última instancia, debe nombrarlos el Papa. El emperador, que duda de la fidelidad de los príncipes, se apoya mucho en sus obispos. Si no puede escogerlos, pierde el pilar más sólido de su poder. Por otra parte, hay que tener en cuenta que los obispos son, al mismo tiempo, príncipes y funcionarios del Imperio, por lo que no es del todo lógico que el emperador no pueda intervenir, de alguna manera, en la designación de quienes, en buena lógica son, o deben ser, sus hombres de confianza.

GREGORIO VII plantea la exigencia ante el emperador de que sólo él está autorizado a nombrar obispos.


Se produce, en la fecha una designación imperial de un arzobispo para Milán, cargo que no conlleva un principado imperial, como ocurre con los obispos de las principales ciudades. Entendiendo correctamente que la intromisión no tiene paliativos, el papa GREGORIO VII envía una dura carta a ENRIQUE IV, conminándolo a dejar sin efecto el nombramiento bajo pena de excomunión. El Papa GREGORIO VII plantea la exigencia de que sólo él está autorizado a nombrar obispos.

Desde los inicios del Imperio alemán existe una casi constante pugna entre el Imperio y la Santa Sede.


Ya desde los inicios del Imperio alemán, a finales del siglo X, existe una casi constante pugna entre el Imperio y la Santa Sede pues la mayoría de los Emperadores se consideran jefes, no sólo de la sociedad civil, sino también de la religiosa, con derecho a intervenir en el gobierno de la Iglesia, nombramientos de la Jerarquía, etc. Esto origina una serie de enfrentamientos y perturbaciones, tales como la simonía, la lucha de las investiduras, las frecuentes excomuniones de Emperadores y las no menos frecuentes destituciones de papas y nombramientos de antipapas. La idea del actual Papa –GREGORIO VII- es que su persona personifica la autoridad suprema de la Cristiandad, que no puede errar, y que todos los príncipes seculares, incluido el emperador, le deben fidelidad. Y considera, por lo mismo, que el pontífice puede deponer a reyes y emperadores según su criterio. Ningún emperador puede mostrarse acorde con tales pretensiones, y de ahí la lucha entre Enrique IV y Gregorio VII, que durará hasta la muerte del segundo en 1085, aunque se reanudará con sus sucesores.