Durante el pontificado de JUAN II, en 535, se celebra en Cártago un concilio en el que participan doscientos diecisiete obispos que interpelan a JUAN II para que defina el tratamiento que deben recibir los clérigos que han abrazado la doctrina arriana y que ahora vuelven a la ortodoxia. Sin embargo el fallecimiento de Juan, el 8 de mayo de 535, hace que la respuesta a la pregunta sea realizada por Agapito I, su sucesor.
CONCILIOS Y SÍNODOS DIVERSOS DE LA IGLESIA CATÓLICA
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Un concilio de obispos africanos procede a la excomunión formal por herejia del papa Vigilio.
La reacción de las iglesias occidentales es condenar al Papa al considerar que ha incurrido en herejía. En la fecha, un concilio de obispos africanos procede a su excomunión formal por hereje. Una opinión parecida tienen los obispos de las Galias, África del Norte, Dalmacia, Escitia e Iliria, entre otros.
El emperador JUSTINIANO I reacciona convocando un segundo Concilio ecuménico en Constantinopla.
Amedrentado por la reacción que su «Iudicatum» ha provocado, el Papa VIGILIO procede a anularlo -un acto que es indispensable pero que no deja muy bien parado el prestigio de la sede romana- y a apelar a un concilio ecuménico que zanje definitivamente las cuestiones en litigio. La reacción del emperador JUSTINIANO I es enérgica y con enconados esfuerzos convoca un segundo Concilio ecuménico en Constantinopla.
Concilio I de Braga que pone de relieve que la secta de Prisciliano sigue aún viva en Galicia.
Concilio I de Braga que pone de relieve que la secta de Prisciliano sigue aún viva en Galicia, lejana y apartada del mundo. Este Concilio es la culminación de la obra misionera de MARTÍN de Braga. Este pasa muy pronto a ser arzobispo de Braga y metropolitano de todo el reino suevo. Escribirá diferentes obras.
Todo clérigo que sea hallado en la cama con su esposa será excomulgado por un año.
El Concilio de Tours II establece que todo clérigo que sea hallado en la cama con su esposa será excomulgado por un año y reducido al estado laico.
Concilio II de Braga considera que el movimiento creado e impulsado por Prisciliano es ya historia.
Reinando MIRO, el rey suevo, se celebra el II Concilio de Braga presidido por el obispo MARTÍN de Dumio (Braga) el restaurador y organizador de la iglesia sueva. El Concilio, considera que el movimiento creado e impulsado por Prisciliano es ya historia. Por otra parte, el II Concilio de Braga legisla que los cristianos no deben consultar adivinos ni sortílegos para alejar a los malos espíritus, ni pueden celebrar las calendas y diversiones paganas, ni recitar fórmulas supersticiosas al recoger hierbas medicinales o al tejer la lana, etc, etc. y es que aún teniendo en cuenta que gran parte de la población de Hispania es católica, el paganismo sigue teniendo muchos adeptos en la península Ibérica a finales del siglo VI. La enumeración de ritos paganos que hace MARTÍN de Braga demuestra que en estos tiempos persisten en Galicia los mismos cultos que habían realizado los antiguos pueblos que habitaban la península: romanos y celtas.
El Concilio de Narbona de 589, prohíbe trabajar en domingo, excepto en caso de grave necesidad
El Concilio de Narbona de esta fecha, prohíbe trabajar en domingo, excepto en caso de grave necesidad, para que el pueblo pueda asisitir a misa.
Concilio II de Barcelona. Se trata entre otras cosas de la forma de elección de los obispos.
Concilio II de Barcelona. Se trata entre otras cosas de la forma de elección de los obispos. Se enumeran tres procedimientos: por nombramiento del rey, por aclamación del clero o del pueblo o por la elección o consentimiento de los obispos. El obispo era el jefe del clero en su diócesis y el sujeto fundamental de la curia pastoral. El obispo era el ministro ordinario de todos los sacramentos y sólo él tenía el poder de conferir las órdenes sagradas, consagrar el crisma de la confirmación, consagrar las iglesias y los altares. Antes de la conversión de Recaredo los obispos eran elegidos por el pueblo y el clero de la provincia.
BONIFACIO III -papa-. Reglamentará la elección de los papas.
BONIFACIO III -papa- (19.2.607-12.11.607). No es reconocido por el emperador hasta un año después de su elección. Con anterioridad ha sido legado del papa Gregorio Magno en Constantinopla. Interesado en ampliar la influencia de la sede romana, obtendrá del emperador FOCAS el reconocimiento de la misma como cabeza de todas las iglesias, y que sólo el obispo de Roma puede ostentar el título de obispo universal, prohibiéndose al patriarca de Constantinopla el de patriarca ecuménico. En agradecimiento se erigirá en Roma una estatua de oro de FOCAS con una inscripción adulatoria. BONIFACIO III reglamentará la elección de los papas en un concilio que reunirá a 72 obispos y a todo el clero romano. También se decidirá en la asamblea la prohibición de hablar del sucesor papal estando en vida quien ocupa la silla de Pedro, prohibiéndose expresamente la formación de «partidos» para apoyar a determinados candidatos. Asimismo, para evitar las interferencias políticas en la elección de papa, establecerá que debe pasar un plazo de tres días desde la muerte del pontífice hasta la elección de su sucesor.
Concilio de Egara: Puesta por escrito de los cánones del concilio de Huesca.
Concilio de Egara: Puesta por escrito de los cánones del concilio de Huesca.

