Diversos personajes han acudido a los REYES CATÓLICOS para que se ponga coto al mal creciente que representa la actuación de los judíos para aquella sociedad eminentemente cristiana. El problema afecta a ambas potestades; a la eclesiástica por lo que al dogma y a la doctrina representa y a la civil por la contravención a las leyes patrias establecidas. En todo rigor podrían funcionar ambos tribunales separados, pero difícilmente se conseguiría el deseado fin. Es preciso unir ambas potestades en una sola acción. (Existe en los pueblos, como en las personas, el instinto llamado de conservación, tan oculto como enérgico. Cuando debido a las circunstancias, este instinto se presenta lanza a pueblos y personas a trecho inmenso de su ordinario proceder, desfigurando por más o menos tiempo su carácter y ofreciéndolos a la crítica severa de la historia en condiciones nada ventajosas para que formule sobre ellos un juicio favorable.)
INQUISICIÓN ESPAÑOLA (1478-1834)
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La Religión católica es ley fundamental de España desde los tiempos de Recaredo.
Siendo la Religión católica ley fundamental de España desde los tiempos de Recaredo, haciendo todos sus monarcas juramento solemne de no permitir ninguna otra en el reino y de hacerla guardar y observar, quedan por consiguiente obligados a castigar al hereje que exteriormente la abandona, no menos que al que de cualquier manera propaga lo que ella rechaza y abomina. Podrá, en consecuencia, toda autoridad suprema nombrar tribunales que entiendan en la averiguación y castigo de los infractores de las leyes patrias, pareciendo natural que tanto más acertado será el juicio y equitativa la sentencia, cuanto mayores conocimientos tengan en la materia quienes deban proceder a emitir el necesario juicio.
La Inquisición Española a diferencia de la Inquisición medieval, depende directamente de la corona española.
El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición o La Inquisición Española a diferencia de la Inquisición medieval, depende directamente de la corona española. Se implanta en todos los reinos de la Corona de Castilla y Aragón donde antes no ha existido, en Sicilia y Cerdeña (que forman parte de la Corona de Aragón) y en los territorios de América (habrá tribunales de la Inquisición en México, Lima y Cartagena de Indias). La Inquisición se convertirá en la única institución común a todos los súbditos de la Corona, con excepción de la propia Corona, a quien servirá como instrumento del poder real: era un organismo policial interestatal, capaz de actuar a ambos lados de las fronteras entre las coronas de Castilla y Aragón, mientras que los agentes ordinarios de la Corona no podían rebasar los límites jurisdiccionales de sus respectivos reinos. Durante varios siglos reprimirá las ideas intentando homogeneizar España religiosa, cultural y hasta étnicamente.
SIXTO IV otorga a los REYES CATÓLICOS una bula por la que se les permite designar inquisidores en Sevilla.
Teniendo todo esto por bueno y necesario, acuden los REYES CATÓLICOS al Pontífice SIXTO IV (1471-1484) si bien dejan claro que el tribunal inquisitorial, si se les concede, debe estar bajo su tutela directa. SIXTO IV, en la fecha, otorga a los REYES CATÓLICOS una bula “Exigit sinceras devotionis affevtas” por la cual se les permite designar inquisidores con destino a Sevilla. Dos gravísimos males debía remediar el Tribunal de la Inquisición: la insolencia judaica y el que el pueblo se tomara la justicia por su mano. Es el acta de nacimiento de la Inquisición Española que, dotada de grandes medios, pretende la unidad religiosa de España con la persecución de los falsos conversos del judaísmo. Este acta sienta las bases de la Inquisición moderna, con su clara diferenciación con la medieval. Los dos principios básicos de la estructura del Santo Oficio son, de una parte, la rígida centralización a través del Inquisidor general y el Consejo de la suprema y, de otra, el control directo de la amplísima base territorial a través de los tribunales de distrito, lo que permitía una mayor eficacia en su actuación. El nuevo tribunal estará compuesto por eclesiásticos, pero se quedará bajo la estrecha vigilancia del Estado.
Con la instauración de la Inquisición castellana, se fomentará un ambiente de terror y fanatismo sin igual.
ISABEL y FERNANDO han heredado todas las actitudes contradictorias y ambiguas hacia los judíos que han caracterizado a sus antepasados. Por un lado tienen a su servicio financieros judíos y conversos y aceptan su ayuda económica, por otro lado les ofende la presencia judía en sus reinos y les preocupa intensamente el hecho de que muchos conversos judaícen en secreto. Se ha dicho que FERNANDO tiene ascendencia judía por parte de su madre, Juana Enríquez, cosa que puede explicar su infatigable antisemitismo. Con la instauración de la Inquisición castellana, en la fecha, mucho más severa que la antigua Inquisición medieval que funciona en el reino de Aragón, fomentarán un ambiente de terror y fanatismo sin igual.
El Tribunal de la nueva Inquisición ataca sólo a los judíos que han pedido el bautismo y de quienes hay motivos para sospechar que no son sinceros.
El Tribunal de la nueva Inquisición ataca sólo a los conversos, a esos judíos que han pedido el bautismo y de quienes hay motivos para sospechar que no son sinceros. Los demás quedan libres para practicar su religión; se intenta, no obstante, aislarlos de la masa de los católicos. Está claro que muchos de los conversos han adoptado el cristianismo sin segunda intención y sin idea de volverse atrás; sólo algunos individuos dan pie a las críticas pero todos los conversos son víctimas de la misma hostilidad, víctimas de los mismos prejuicios; todos son indistintamente sospechosos de judaizar más o menos; todos son confundidos bajo la apelación injuriosa de \”marranos\” por corrupción de la palabra hebrea \”marandtha\”, que significa \”anatema sobre ti\”.
Con la Inquisición nace un prejuicio insidioso, la pureza de sangre, la limpieza de sangre que acabará por envenenar el espíritu público en España.
Pero sus estancias en las distintas ciudades contribuirán en gran medida a la segregación de los judíos y provocarán el establecimiento de otras muchas medidas discriminatorias. Pronto las órdenes religiosas, los cabildos de las catedrales, los grandes cuerpos del Estado rechazan acoger en su seno a los conversos. Se empieza por exigir a los postulantes la prueba de que nunca han sido perseguidos por el Santo Oficio, depués tendrán que proporcionar esta misma prueba para sus padres y sus abuelos, para mayor seguridad se desconfia sitemáticamente de todos aquellos que tienen un antepasado judío; con la Inquisición nace un prejuicio insidioso, la pureza de sangre, la limpieza de sangre que acabará por envenenar el espíritu público en España.
A pesar de tener en sus manos un arma tan poderosa como la Inquisición aceptada por el Papa, los Reyes Católicos tardaron dos años en su aplicación.
A pesar de tener en sus manos un arma tan poderosa como la Inquisición aceptada por el Papa, los Reyes Católicos tardaron dos años en su aplicación ya que el Cardenal Mendoza consiguió hacerles ver que si muchos no seguían la doctrina de la Iglesia era porque no se les había enseñado debidamente. Para llevar a cabo esta labor, el cardenal escribió un compendio de la Religión que comprendía las principales verdades de la fe católica.
El Rey FERNANDO y la reina ISABEL llevan a efecto, sin más dilación, los poderes conferidos a ellos por el papa SIXTO IV en el año 1478.
Al final del segundo año del inútil catecismo del cardenal Mendoza, toda la cristiandad fue aterrorizada por las victorias del gran turco MOHAMED II. La reacción en España, cuando llegaron las noticias de tales horrores, en setiembre, tuvo sin duda algo que ver con la decisión del Rey FERNANDO y de la reina ISABEL para llevar a efecto, sin más dilación, en la fecha, los poderes conferidos a ellos por el papa SIXTO IV en el año 1478.
El tribunal de la Inquisición en Sevilla comienza sus actuaciones en la ciudad del Guadalquivir.
El tribunal de la Inquisición en Sevilla comienza sus actuaciones en la ciudad del Guadalquivir a finales de 1480, siendo los primeros inquisidores fray Miguel de Morillo y fray Juan de San Martín. Utilizando procedimientos como la aceptación de las denuncias anónimas y el empleo de la tortura, la Inquisición se mostró muy eficaz en la persecución de los herejes judaizantes. Los conversos poderosos de Sevilla no podían creer que la joven reina ISABEL pensara en quemar a alguno de ellos si lo juzgara necesario. Solamente en Sevilla se calcula que fueron condenados a muerte, entre los años 1481 y 1488, unas 700 personas, si bien era la justicia secular la que se encargaba de ejecutar la sentencia. Ni que decir tiene que cundió el pánico entre los conversos. El propio pontífice SIXTO IV, ante el rigor de que daba muestras la Inquisición, intentó recuperar su control pero los REYES CATÓLICOS no lo permitieron. La Inquisición se convertirá en un instrumento muy eficaz al servicio de los fines políticos e ideológicos de la monarquía de FERNANDO e ISABEL.