PAZ Y TREGUA DE DIOS

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Se crea el movimiento la “Paz de Dios”.


A partir del concilio celebrado en Puy en 987 el clero se hace eco de las aspiraciones de paz del pueblo e intenta limitar la violencia y devolver el orden a los reinos. Se crea el movimiento la “Paz de Dios”. Algunos obispos meridionales y algunos príncipes constituyen este movimiento que pretende restaurar la paz. El movimiento se extiende por Narbona, el Limosin, Auvernia y Borgoña. En pleno campo se reúnen los caballeros y los vasallos y juran públicamente la paz sobre las reliquias de los Santos locales.

De la “Paz de Dios” se deriva la “Tregua de Dios”, proclamada por vez primera en el sínodo de Charrou.


La “Paz de Dios” no consiste solamente en vivir pacíficamente, sino también en defenderse; evitar las guerras, pero también conservar la paz con la guerra. De la “Paz de Dios” se deriva la “Tregua de Dios”, proclamada por vez primera en el sínodo de Charroux (989), y difundida en toda Europa por los cluniacenses: Durante determinado tiempo, inicialmente en Semana Santa y Cuaresma y después durante varios meses, se suspenden todas las actividades guerreras.

OLIBA, dispone en la Diócesis de Vic la protección de los inermes en días festivos y la inmunidad de los templos.


En Catalunya, el obispo OLIBA de Vic, tiene sin duda conocimiento del movimiento “Paz de Dios”, iniciado precisamente en el sur de Francia, centrado ahora en Borgoña. Animado por este mismo espíritu pacifista y justiciero, interviene como mediador en conflictos entre señores con los que tiene cierto ascendiente. Pero OLIBA no se contenta con una actuación esporádica y personal en este terreno. Percatado del retraimiento general de los fieles de los villorrios y caseríos en asistir a las funciones religiosas los domingos y festivos, a causa de la inseguridad personal y de pillaje existentes, dispone en la Diócesis de Vic la protección de los inermes en días festivos y la inmunidad de los templos. Es un primer paso.

En 1023 se reúne la asamblea de la “Paz de Dios” en Compiegne con la presencia del rey ROBERTO de Borgoña.


En 1023 se reúne la asamblea de la “Paz de Dios” en Compiegne con la presencia del rey ROBERTO de Borgoña y otros nobles que juran cumplir y hacer cumplir la sentencia de los Obispos de Borgoña, tendente a la protección de los mercaderes, campesinos, villanos, peregrinos, eclesiásticos, etc., y a sus pertenencias. Todos los caballeros tienen que jurar la aceptación de las normas de la “Paz de Dios”, en caso contrario, serán excomulgados.

La “Paz y Tregua de Dios” es una institución eclesiástica que es eficaz con la cooperación del poder civil.


La “Paz y Tregua de Dios” es una institución eclesiástica que, con la cooperación del poder civil, reglamenta condiciones de protección para poder parar las continuas y largas guerras feudales de la Alta Edad Media. Los caballeros tienen prohibido hacer la guerra, en primer lugar los sábados, y más tarde, desde el miércoles por la noche hasta el lunes por la mañana, durante el Adviento, Navidad, Cuaresma y Pascua. La contravención de estas prohibiciones comporta el anatema para el trasgresor y le es negada la sepultura cristiana. En un principio son dos reglamentaciones diferentes: la “Paz de Dios” es el derecho de refugio que concede la Iglesia a las personas y las cosas dentro de un territorio protegido, y la “Tregua de Dios” es la suspensión de las actividades bélicas durante un período prefijado también por la Iglesia. Su violación será sancionada con penas canónicas graves, pudiendo llegar hasta a la excomunión. Queda reservada al obispo la absolución del infractor.

El abad OLIBA preside la primera asamblea de la “Paz y Tregua de Dios” que se celebra en el condado del Rosellón.


En la fecha, el abad OLIBA preside la primera asamblea de la “Paz y Tregua de Dios” que se celebra en Toluges en el condado del Rosellón con el total espaldarazo oficial de la Iglesia y de los príncipia. En esta fecha, pues, se inicia su aplicación en el Rosellón y a lo largo de los años siguientes se irá implantando en diversas diócesis de los demás condados de la Marca y también por la Europa feudal. La novedad consiste en que la Iglesia sustituye al rey y a sus inoperantes tribunales en la defensa de la justicia.

ENRIQUE III el negro, emperador de Alemania, extiende sus dominios por Bohemia, Hungría y Polonia.


ENRIQUE III el negro, emperador de Alemania, extiende los dominios imperiales por Bohemia, Hungría y Polonia a quienes consigue hacer feudatarios del Imperio. Domina a la nobleza y continúa insistiendo en la reforma eclesiástica logrando imponer decididamente su predominio frente al papado. Por todo ello, se atrae el creciente resentimiento de nobles y obispos. ENRIQUE III lleva a una Alemania, dividida por la guerra civil, la Paz y Tregua de Dios inspirada en Cluny, una interrupción de la contienda que duraba desde la puesta del sol del viernes hasta su salida del lunes, e intentará en vano hacer de ella una paz permanente. Pondrá fin al pago para el nombramiento de nuevos obispos como tributo a la corona -una práctica denominada simonía- aunque todavía investía a los eclesiásticos, quienes mantenían sus vasallos.

A partir de 1064 será RAMON BERENGUER I quien imponga la “Paz y Tregua de Dios”.


El sistema feudal lleva a que el conde de Barcelona y sólo él, como vértice de la pirámide feudal, sea considerado príncipe y que el conjunto de los condados de la Marca como principado se convierta en un Estado feudal. Dentro de este sistema adquiere un nuevo sentido la “Paz y la Tregua de Dios”, que hasta 1064 ha sido impuesta por las autoridades religiosas bajo la pena de excomunión. A partir del citado año será RAMON BERENGUER I quien la imponga, haciendo que, por primera vez, sea la intervención de la autoridad civil la que dictamine su reglamentación y defienda su mantenimiento. De hecho, con RAMON BERENGUER I el Vell, se efectúa una primera redacción de algunas normas jurídicas que serán compiladas y ampliadas en el siglo XII.

El Obispo de Barcelona BERENGUER debido a la violencia generalizada de la nobleza declara la “Tregua de Dios”.


En 1068 el Obispo de barcelona BERENGUER (1063-1069) debido a la violencia generalizada de la nobleza, reune un gran Asamblea eclesiástica que declara la “Tregua de Dios” en la Diócesis para acabar con el desorden civil. Prácticamente desde principio de siglo, el Abad OLIBA había abanderado un amplio movimiento en favor de establecer la antigua “Tregua de Dios”. En efecto, ya en muchas diócesis del sur de Francia y de Catalunya se había establecido para todo el año sin distinción, la inviolabilidad de las personas y sus pertenencias, la inmunidad de templos y eclesiásticos, etc, con juramento colectivo de aceptación y cumplimiento. Incluso ya se había empezado a extender por Normandía e Inglaterra.