Nace PEDRO, el futuro PEDRO II el Católico, hijo de ALFONSO II de Aragón el Casto y de SANCHA de Castilla.
PEDRO II el Católico (Rey de Aragón y Conde de Barcelona)(1196-1213)
Total de piezas: 37
Pedro II de Aragón, el Católico, rey de Aragón, conde de Barcelona y señor de Montpellier. Hijo de Alfonso II el Casto de Aragón y Sancha de Castilla.
Al morir Alfonso II el Casto de Aragón, deja Aragón y Catalunya a su primogénito PEDRO II
Al morir Alfonso II el Casto de Aragón, deja Aragón y Catalunya a su primogénito PEDRO -con 19 años- que será llamado PEDRO el Católico (1196-1213) II de Aragón. Empieza a reinar bajo la tutela de su madre SANCHA de Castilla, hija de ALFONSO VII.
PEDRO II de Aragón, ante el peligro que amenaza a la cristiandad, da su apoyo a ALFONSO VIII de Castilla.
PEDRO II de Aragón, al comprender el peligro que amenaza a la cristiandad hispana ante los enfrentamientos internos y la necesidad de que los reinos cristianos se unan, cambia de nuevo la política de su padre -posiblemente influenciado por su madre, la castellana SANCHA- y da todo su apoyo a ALFONSO VIII de Castilla.
Muchos cátaros, huyendo de Francia, ante la actuación de los tribunales permanentes, se refugian en Catalunya.
Muchos cátaros, huyendo de Francia, ante la actuación de los tribunales permanentes, se refugian en Catalunya -principalmente en la Diócesis de Urgell- y Aragón. Las primeras persecuciones en Catalunya contra ellos, datan de 1197, siendo ordenadas por PEDRO II de Aragón, quien dicta una ley de expulsión de los herejes y la pena de muerte en la hoguera.
PEDRO II de Aragón convoca una curia regia, jura los fueros y toma posesión oficial de sus reinos.
Tras participar en una campaña en León junto a ALFONSO VIII de Castilla, PEDRO II de Aragón convoca en setiembre de 1197, una curia regia en Daroca, donde jura los fueros y toma posesión oficial de sus reinos. Luego prosigue junto al rey castellano la campaña contra León y Navarra.
ALFONSO VIII de Castilla y PEDRO II de Aragón reafirman su alianza contra SANCHO VII el Fuerte de Navarra.
ALFONSO VIII de Castilla sigue conservando el deseo de recuperar el País Vasco, en manos de Navarra. Por ello, se reúne, en la fecha, en Calatayud, con PEDRO II de Aragón y ambos reafirman su alianza y acuerdan su mutua colaboración en la lucha contra SANCHO VII el Fuerte de Navarra, repartiéndose los territorios que puedan conquistar en aquel reino, cuya parte oriental corresponderá a PEDRO II, mientras la occidental -que contiene el País Vasco- será para ALFONSO VIII.
ALFONSO VIII ataca Navarra por el oeste mientras el rey aragonés PEDRO II inicia la ofensiva por el este.
Luego inician sus ataques. ALFONSO VIII ataca Navarra por el oeste mientras el rey aragonés PEDRO II inicia la ofensiva por la frontera opuesta.
SANCHO VII pide una tregua a Pedro II. Le ofrece la mano de su hermana. El Papa, en la fecha, se opone. El acuerdo no prospera.
Para evitar el doble ataque a que es sometido, SANCHO VII, rey de Navarra, pide una tregua al rey aragonés, PEDRO II, a quien ofrece la mano de su hermana. La tregua se acepta, pero la boda no podrá celebrarse ya que el papa la prohíbe por el grado de parentesco entre ambos novios, mediante bula de 11 de febrero de 1199. Con ello, el posible acuerdo entre Navarra y Aragón se viene abajo.
Es fundada por PEDRO II de Aragón, la Orden militar de Sant Jordi d’Alfama.
En la fecha, es fundada por PEDRO II de Aragón, la Orden militar de Sant Jordi d’Alfama (Cuya sede está en L’Ametlla de Mar). Obtiene inicialmente el desierto de Alfama (Baix Ebre) i posteriormente se extenderá por Valencia, Baleares y Cerdanya. Esta orden es la única de la historia estrictamente catalana.
Se generalizan los «mals usos» en Catalunya Vella. PEDRO II de Aragón los apoya.
Desde principio del siglo XIII, se generalizan los «mals usos» (malos usos) en la Catalunya Vella y, en la Corte de Cervera, de 1202, PEDRO II de Aragón promulga el derecho de maltratar -«ius maltractandi»-, que permite a los señores encarcelar y apoderarse de los bienes de los payeses. Los denominados «mals usos» permiten a los señores ejercitar sobre los payeses, en determinadas situaciones, una serie de derechos onerosos:»exorquia», «àrsia», «cugucia», «intestia», «ferma d’espoli», etc… Después, iniciada también por la costumbre, vendrá la «remença», cantidad que deberá pagar el payés a su señor si quiere abandonar la tierra recibida, y como que el señor es quien fija el valor de la inmdemnización, puede impedir que el payés marche. Por tanto, los payeses de remensa no son personas libres. No pueden abandonar el lugar en el que han nacido ni pueden cambiar de trabajo. En otros lugares de Europa eran llamados «serfs de la terra» o «serf de la gleva».