REINO DE ARAGÓN (II) (1134-1716)

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Bandera de la Corona de AragónEl Reino de Aragón nace en 1035, por la unión de los condados de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza en la figura de Ramiro I.

Estalla la actitud rebelde de la nobleza aragonesa y catalana. La rebelión es sofocada.


La actitud rebelde de la nobleza aragonesa y catalana estalla una vez más en 1272. FERNANDO SÁNCHEZ, a su regreso de Tierra Santa, se pone a las órdenes de CARLOS de Anjou, lo que provoca la lógica ira del heredero, PEDRO, que se dispone a combatirle. Cuando JAIME I, para evitar males mayores, quita la autoridad a su hijo PEDRO, se produce una explosión de la nobleza. PEDRO se coloca al lado de su padre y ambos derrotan a FERNANDO SÁNCHEZ, que es ahogado en el río Cinca por orden del infante. Con ello, la rebelión se apaga.

PEDRO el Grande, hijo de Jaime I, hereda Aragón, Valencia y Catalunya.


PEDRO el Grande, hijo de Jaime I, hereda, de acuerdo con el último testamento de 1272, Aragón, Valencia y Catalunya (1276-1285) convirtiéndose en Pedro III de Aragón, I de Valencia y II de Catalunya. Sin duda, PEDRO recibe la parte más importante de la herencia.

PEDRO el Grande, es coronado en Zaragoza rey de la Corona de Aragón.


PEDRO el Grande y Constanza, son coronados en Zaragoza reyes de la Corona de Aragón (III de Aragón) (II de Barcelona) (I de Valencia) (1276-1285) apenas tres meses después de la muerte de Jaime I. Los corona reyes el arzobispo de Tarragona, como prescribe la norma acordada entre Pedro II e Inocencio III en 1204, en la catedral del Salvador. PEDRO llega al trono cuando ya es un hombre maduro, casado y con una larga ejecutoria política y guerrera. Persona de gran energía y tenacidad, curtido y valeroso, ha actuado como regente de su padre y ha combatido en innumerables batallas. Gibelino y, por tanto, antifrancés, su meta es el dominio del Mediterráneo y, para ello, la victoria sobre su más directo rival: CARLOS de Anjou, conde de Provenza y rey de Sicilia. Durante sus años de gobierno, PEDRO el Grande llevará la Corona de Aragón a un nivel de primera potencia europea, mientras la escuadra catalana señoreará el Mediterráneo.

Pedro III el Grande se entrevista en Campillo y Ágreda con Alfonso X y su hijo Sancho: Tratado de Ágreda.


En la fecha PEDRO III el Grande se entrevista en Campillo y Ágreda con ALFONSO X y su hijo SANCHO de Castilla y establecen un acuerdo de unión -Tratado de Ágreda- contra el empuje imperialista francés, lo que resulta plenamente satisfactorio para el rey aragonés que consigue tranquilizar la frontera occidental de sus reinos y poder dedicar todos sus esfuerzos a resolver los problemas internos que le acucian en Catalunya así como seguir preparándose para intervenir en Túnez y Sicilia. Por otra parte, PEDRO, que tiene bajo su protección a los infantes de La Cerda, reconoce como heredero legítimo de Castilla a SANCHO, el futuro SANCHO IV de Castilla, a cambio de algunas villas fronterizas, como Albarracín. También se acuerda la conquista y el reparto de Navarra entre los dos monarcas, pero no se hace efectiva.

Pedro III el Grande fija los límites de Catalunya y de Aragón, entre sí y con Valencia.


En 1282, PEDRO III el Grande incorpora Gandesa y Mora a Catalunya, en tanto por el sur de Aragón se fijan los límites con Valencia según habían quedado en tiempos de Jaime I.

El papa ofrece al rey de Francia, los reinos de Pedro el Grande para un hijo que no sea el heredero.


El papa MARTÍN IV, ofrece -en la fecha- al rey de Francia, los reinos de PEDRO el Grande para un hijo que no sea el heredero.

PEDRO el Grande se ve obligado a dejar Sicilia y volver a la Península. Establece condiciones de herencia.


Mientras, en la fecha, PEDRO el Grande se ve obligado a dejar Sicilia y volver a la Península ya que sus reinos están amenazados por la cruzada promovida por el rey de Francia y el Papa. Por ello, PEDRO asigna la regencia a su mujer, la reina CONSTANZA, que se instala en Sicilia acompañada de sus hijos JAIME y FEDERICO. Al lado de la reina quedan el gran canciller Joan de Pròixida, el gran almirante Roger de Llúria y el gran justicia Alaimo de Lentini. PEDRO aprovecha la ocasión para establecer que cuando él muera, las coronas de Aragón y de Sicilia han de separarse. La primera ha de corresponder a su primogénito ALFONSO, y la otra, a su segundo hijo, JAIME.

PEDRO III convoca Cortes en Tarazona en un momento de enorme descontento en Aragón.


En septiembre de 1283, PEDRO III convoca Cortes en Tarazona en un momento de enorme descontento en Aragón motivado por la guerra de Sicilia y la próxima con Francia, por la excomunión dictada por el papa y muy especialmente en el secretismo para declarar y proseguir las guerras y la imposición de nuevos tributos y servicios. Problema que se agudiza con PEDRO III pero que ya se ha iniciado con su padre Jaime I, contrario a otorgar privilegios pero sí dispuesto a aumentar el poder real. En las Cortes le presentan sus agravios y desafueros, le piden celebrar consejo para la guerra de Sicilia y la próxima con Francia. El rey se niega rotundamente y entonces las Cortes piden que como no guarda los fueros, costumbres, usos, privilegios y libertades propias de los aragoneses, que vuelva a jurarlos. El rey de nuevo se niega y los aragoneses se preparan para defender sus libertades. Ante esta postura de los aragoneses y la difícil situación por la que pasa PEDRO III, se compromete a que en las próximas Cortes de Zaragoza quedarían solucionadas todas las desavenencias.

Nace el Privilegio General de Aragón, en que se confirma el ordenamiento jurídico aragonés.


En las Cortes de Zaragoza de octubre de 1283 celebradas en la iglesia de los Predicadores se presentan los casos de agravio y desafuero cometidos por el rey y se pide una serie de actuaciones que los corrija. Pedro concede todo lo que se le pide por necesidad. El reino exige a Pedro que jure y confirme en general y en particular los fueros, costumbres, usos, franquicias y libertades, que son ya de derecho consuetudinario, siendo la sanción real la forma de hacerlo obligatorio para la Corona. Entre otras cosas, le obligan a jurar que observará los fueros de Aragón, Valencia, Ribagorza y Teruel. Además, los nobles aragoneses, que se juramentan en un acto al que denominan con toda pomposidad «La Unión», obtienen del rey el llamado  Privilegio General, en que se confirma el ordenamiento jurídico aragonés y se devuelven los derechos y libertades de los que habían sido despojados ricos hombres, mesnaderos, caballeros, infanzones y ciudadanos. El documento transmite que el rey Pedro confirma de forma perpetua los fueros, usos y costumbres de Aragón. El rey presta juramento de cumplir con todo lo anterior y establece que en lo sucesivo, en la capital, reunirá cada año las Cortes en nombre de todo el reino. Formalmente es una concesión unilateral del monarca, aunque de hecho es una imposición de los aragoneses.

Pedro III, se adelanta a otorgar a catalanes y valencianos concesiones similares a las aragonesas.


La iniciativa aportada por los unionistas aragoneses, sirve de argumento y referencia al rey en los otros dos espacios políticos. Pocos días después de la reunión de Zaragoza, PEDRO III convoca Cortes en Barcelona para aprobar unas constituciones , muy en la línea del Privilegio aragonés, pero con las matizaciones propias de un acuerdo entre las partes, por las que se conseguía el equilibrio de los estamentos entre sí y con el momarca y el compromiso de la celebración anual de Cortes. En cuanto a Valencia, la situación de salida es menos crispada; sin necesidad de llamar a los brazos y con la simple asamblea de las ciudades se procede a confirmar, por medio del Privilegium magnum, los fueros y privilegios del reino valenciano, estableciendo la obligación de celebrar Cortes una vez cada reinado. PEDRO III, se adelanta así, a otorgar a catalanes y valencianos concesiones similares a las aragonesas. En los tres casos, los estamentos unidos se erigen en representantes y procuradores del conjunto de la sociedad, enfrentando practicamente al rey con las necesidades de la población.