Diversos personajes han acudido a los REYES CATÓLICOS para que se ponga coto al mal creciente que representa la actuación de los judíos para aquella sociedad eminentemente cristiana. El problema afecta a ambas potestades; a la eclesiástica por lo que al dogma y a la doctrina representa y a la civil por la contravención a las leyes patrias establecidas. En todo rigor podrían funcionar ambos tribunales separados, pero difícilmente se conseguiría el deseado fin. Es preciso unir ambas potestades en una sola acción. (Existe en los pueblos, como en las personas, el instinto llamado de conservación, tan oculto como enérgico. Cuando debido a las circunstancias, este instinto se presenta lanza a pueblos y personas a trecho inmenso de su ordinario proceder, desfigurando por más o menos tiempo su carácter y ofreciéndolos a la crítica severa de la historia en condiciones nada ventajosas para que formule sobre ellos un juicio favorable.)
CORONA DE CASTILLA (1230-1716)
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La Religión católica es ley fundamental de España desde los tiempos de Recaredo.
Siendo la Religión católica ley fundamental de España desde los tiempos de Recaredo, haciendo todos sus monarcas juramento solemne de no permitir ninguna otra en el reino y de hacerla guardar y observar, quedan por consiguiente obligados a castigar al hereje que exteriormente la abandona, no menos que al que de cualquier manera propaga lo que ella rechaza y abomina. Podrá, en consecuencia, toda autoridad suprema nombrar tribunales que entiendan en la averiguación y castigo de los infractores de las leyes patrias, pareciendo natural que tanto más acertado será el juicio y equitativa la sentencia, cuanto mayores conocimientos tengan en la materia quienes deban proceder a emitir el necesario juicio.
La Inquisición Española a diferencia de la Inquisición medieval, depende directamente de la corona española.
El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición o La Inquisición Española a diferencia de la Inquisición medieval, depende directamente de la corona española. Se implanta en todos los reinos de la Corona de Castilla y Aragón donde antes no ha existido, en Sicilia y Cerdeña (que forman parte de la Corona de Aragón) y en los territorios de América (habrá tribunales de la Inquisición en México, Lima y Cartagena de Indias). La Inquisición se convertirá en la única institución común a todos los súbditos de la Corona, con excepción de la propia Corona, a quien servirá como instrumento del poder real: era un organismo policial interestatal, capaz de actuar a ambos lados de las fronteras entre las coronas de Castilla y Aragón, mientras que los agentes ordinarios de la Corona no podían rebasar los límites jurisdiccionales de sus respectivos reinos. Durante varios siglos reprimirá las ideas intentando homogeneizar España religiosa, cultural y hasta étnicamente.
SIXTO IV otorga a los REYES CATÓLICOS una bula por la que se les permite designar inquisidores en Sevilla.
Teniendo todo esto por bueno y necesario, acuden los REYES CATÓLICOS al Pontífice SIXTO IV (1471-1484) si bien dejan claro que el tribunal inquisitorial, si se les concede, debe estar bajo su tutela directa. SIXTO IV, en la fecha, otorga a los REYES CATÓLICOS una bula «Exigit sinceras devotionis affevtas» por la cual se les permite designar inquisidores con destino a Sevilla. Dos gravísimos males debía remediar el Tribunal de la Inquisición: la insolencia judaica y el que el pueblo se tomara la justicia por su mano. Es el acta de nacimiento de la Inquisición Española que, dotada de grandes medios, pretende la unidad religiosa de España con la persecución de los falsos conversos del judaísmo. Este acta sienta las bases de la Inquisición moderna, con su clara diferenciación con la medieval. Los dos principios básicos de la estructura del Santo Oficio son, de una parte, la rígida centralización a través del Inquisidor general y el Consejo de la suprema y, de otra, el control directo de la amplísima base territorial a través de los tribunales de distrito, lo que permitía una mayor eficacia en su actuación. El nuevo tribunal estará compuesto por eclesiásticos, pero se quedará bajo la estrecha vigilancia del Estado.
SIXTO IV, concede una bula a los Reyes Católicos para que funden el convento de la Santa Cruz en Segovia.
En 1479, el Papa SIXTO IV, concede una bula a los Reyes Católicos para que funden el convento de la Santa Cruz en Segovia. Fray Tomás de TORQUEMADA, es enviado a este convento llegando a adquirir el cargo de prior. En ese mismo año, el rey FERNANDO solicita al Papa que dispense a fray Tomás de sus obligaciones monacales para que pueda salir del convento y dedicarse a confesar a los muchos notables que, a imitación del soberano, requieren sus servicios. Esta proximidad a la corte facilitará su carrera hacia el cargo de inquisidor.
El rey de Aragón es FERNANDO (con ISABEL), la reina de Castilla es ISABEL (con FERNANDO). Ninguno de los dos estaba destinado al trono.
El rey de Aragón es FERNANDO (con ISABEL), la reina de Castilla es ISABEL (con FERNANDO). Ninguno de los dos estaba destinado a llegar al trono. FERNANDO se ha beneficiado de la muerte de su hermano mayor Carlos de Viana e ISABEL se ha apropiado del trono que correspondía a su sobrina Juana mediante una guerra civil en Castilla. En este matrimonio, el «Tanto monta» tantas veces repetido, no es una muestra de igualdad, sino de precaución jurídica. En estas condiciones la personalidad de las diversas nacionalidades quedará preservada. En efecto, Castilla y la Corona de Aragón no son fusionadas sino que dan origen a una monarquía compuesta. Muchas monarquías europeas de la edad media son monarquías formadas por diferentes Estados que lo único que tienen en común es el monarca.
La monarquía hispánica de los Reyes Católicos esta compuesta por las coronas de Castilla y Aragón.
La monarquía hispánica de los Reyes Católicos esta compuesta por las coronas de Castilla y Aragón. Y éstas, también, están compuestas por diferentes Estados cada uno con sus instituciones que redactan sus leyes, fijan sus impuestos, establecen el valor de su moneda o determinan sus formas de movilización militar. Son dos coronas muy distintas en su concepción con instituciones diferentes, derechos y privilegios diversos y una situación social, demográfica y económica que en Castilla se está incrementando mientras en Aragón presenta una gradual regresión.
Mientras Alfonso V de Portugal intenta una alianza con Luis XI de Francia, los Reyes Católicos se afianzan.
Mientras ALFONSO V de Portugal intenta una alianza con LUIS XI de Francia, los Reyes Católicos se afianzan, gracias en gran parte a la actuación de la Santa Hermandad que ellos han creado y que contribuye poderosamente a pacificar el reino. Tiene lugar, en la fecha, la Batalla de Albuera (Badajoz) entre las tropas de FERNANDO el Católico y ALFONSO V de Portugal. El rey portugués, que presta apoyo a la BELTRANEJA, es derrotado, y los partidarios de ésta se ven obligados a deponer las armas.
Desde su casamiento con la infanta ISABEL de Castilla, el infante FERNANDO vive en el reino de su esposa y actúa dentro de la política castellana.
Desde su casamiento con la infanta ISABEL de Castilla, el infante FERNANDO vive en el reino de su esposa -a parte de esporádicas salidas- y actúa dentro de la política castellana. Formado en la corte de su padre JUAN II en el período de la guerra de Catalunya contra su padre, no tiene simpatías por los catalanes y la intervención en los asuntos castellanos acaba por redondear una personalidad muy compleja y nada amiga de las libertades que la nobleza catalana quiere mantener.
Fallece el poeta JORGE MANRIQUE (1440 – 1479) Poeta español, señor de Belmontejo e hijo del gran maestre de Santiago.
Fallece el poeta JORGE MANRIQUE (1440 – 1479) Poeta español, señor de Belmontejo e hijo del gran maestre de Santiago don Rodrigo Manrique. Siguió la carrera de las armas. Partidario de Isabel la Católica, murió cuando al frente de una compañía intentaba asaltar el castillo de Garci-Muñoz, defendido por los del bando de la Beltraneja. Su «Cancionero» integrado por un grupo de 50 poesías, no le hubiera valido crédito de gran poeta de no contener las «Coplas a la muerte de su padre», gran elegía compuesta con motivo de la muerte de don Rodrigo, ocurrida el 11/11/1476. Lo más decisivo de este gran poema es su valoración humanista de las tres vidas del hombre: la terrena, la sobrenatural y la de la fama.

