GENERALITAT DE CATALUNYA

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Inmediatamente después de la capitulación de la ciudad de Barcelona, son disueltas las instituciones catalanas


Inmediatamente después de la capitulación de la ciudad de Barcelona, son disueltas las instituciones catalanas: el Consejo de Ciento y la Diputació. Se nombra la «Real Junta Superior de Justicia y Gobierno», que preside José PATIÑO sustituyendo a las autoridades políticas del Principado. Una anécdota que ilustra el sentido de violencia social del momento es la denominación que tiene el servicio del retrete. Para unos era «can Felip», en clara alusión al monarca enemigo. Para otros era «el Cien», en alusión al Consell de Cent que será suprimido. La Diputació o Generalitat (aunque era más conocida durante este período con el nombre de Diputació), no volverá a revivir -y entonces sobre unas bases radicalmente diferentes en todos los órdenes- hasta que la proclamación de la Segunda República hizo posible la aprobación del Estatut d’Autonomia de 1932, que estableció su restauración.

Se inicia la construcción en Barcelona de la Ciudadela que se convierte en un símbolo de la ocupación.


El fin de la guerra supone el principio de un período de ocupación militar. Se inicia la construcción en Barcelona de la Ciudadela que se convierte en un símbolo y al mismo tiempo en un instrumento de control de la ciudad. Se construye en el barrio de la Ribera, para lo que es necesario derribar 2.000 casas del barrio de La Ribera y varias iglesias. Las tareas de derribo y construcción se realizan mediante una movilización forzosa, controlada por el ejército. Tiene forma de pentágono regular y una capacidad para siete mil u ocho mil hombres. Las obras básicas se hacen entre 1716 y 1719, pero continúan hasta 1750. Se imponen numerosas contribuciones. La mayoría de catalanes, cansados de tanta guerra, aceptan la nueva situación.

La fachada actual del Palacio de la Generalitat se realiza en el siglo XVIII, es de gusto grecoromano.


La fachada del Palacio de la Generalitat de Catalunya (que sigue en la actualidad) se realiza en el siglo XVIII, es de gusto grecoromano y evoca la del palacio Farnesio de Roma; en el centro figura la estatua ecuestre de Sant Jordi, obra moderna del escultor Aleu. En el interior del Palacio destacan el Pati dels Taronges, el saló Sant Jordi, la capilla de Sant Jordi (solicitada por los diputados de las Corts Catalanes para poder oir diariamente la santa misa), y la Sala Daurada.

Esta pieza también aparece en ... BARCELONA (Ciudad) • CATALUNYA (Región española) (1716-1979)

Unió Catalanista formula las «Bases de Manresa», Bases para la Constitución regional catalana.


Entre el 25 y el 27 de marzo de 1892, la entidad catalanista Unió Catalanista celebra su primera asamblea en Manresa donde formula las «Bases para la Constitución regional catalana» o «Bases de Manresa». La idea es la restauración de las instituciones históricas del Principado, como las Cortes y el Tribunal Superior de Catalunya, el uso del catalán como única lengua oficial en la región y la asunción por Catalunya de amplios poderes financieros, tributarios y ejecutivos. Las Bases no plantean la cuestión de la independencia de Catalunya, pero reclaman una autonomía muy amplia para la región. Después, en sucesivas asambleas anuales, se van perfilando nuevos criterios definidores del catalanismo, tanto en el aspecto programático como en el organizativo. La asamblea de Manresa es presidida per LLuis Domènech i Montaner y entre los delegados están Guimerà, Aulèstia, PRAT DE LA RIBA i Permanyer. Las Bases para la Constitució Regional Catalana pretenden ser un proyecto de organización autonomista que integre elementos de los régimenes de autogobierno que ya ha tenido Catalunya.

‘La Opinión’, setmanari de cariz republicano creado en Barcelona en 1928 está dirigido inicialmente por Joan Lluhí y Vallescà,


‘La Opinión’, setmanari de cariz republicano creado en Barcelona en 1928 está dirigido inicialmente por Joan Lluhí y Vallescà, y colaboran intelectuales como Manuel Serra y Moret, Carles Soldevila y Joan Casanellas. A su alrededor se funda el denominado grupo de ‘La Opinión’, con mucho peso en las decisiones de la Generalitat hasta 1933.

Se llega al acuerdo de convertir el propuesto Estat Catalá en la Generalitat de Catalunya.


La decisión de Francesc MACIÀ de proclamar la República Catalana, preocupa al gobierno rovisional de la República Española, ya que su proclamación va más allá de lo que las diferentes fuerzas republicanas han acordado en el «Pacto de San Sebastián» del 17/8/1930. El gobierno provisional de la república presidido por Niceto ALCALÁ ZAMORA no acepta la República Catalana y envía tres ministros (Fernando de los Ríos i los catalanes Marcel-lí Domingo y Lluis Nicolau d’Olwer) para negociar con Masià. En la fecha, después de tensas conversaciones, se llega al acuerdo de convertir el propuesto Estat Catalá en la Generalitat, disuelta hace más de dos siglos y que el gobierno provisional que se ha formado en Barcelona, actúe como gobierno de la Generalitat de Catalunya. La recuperación de un nombre histórico en el cual, en principio, nadie había pensado, permite resolver el conflicto y abre el camino a una nueva forma de autonomía catalana. De este modo se consolidará una sola República en España.

Por decreto de 28/4/1931, se estructura la Generalitat provisional y se nombra su primer Gobierno.


Por decreto de 28/4/1931, del Presidente MACIÀ, se estructura la Generalitat provisional y se nombra su primer Gobierno con mayoría de Esquerra Republicana de Catalunya. La Generalitat queda integrada por un Consejo o Gobierno provisional, por una Asamblea o Diputación provisional (cuarenta y cinco diputados elegidos por los regidores de todos los municipios catalanes) y por unos comisarios delegados del Gobierno encargados de los servicios de las desaparecidas diputaciones provinciales catalanas. Una de las primeras acciones del gobierno del Presidente MACIÀ es la supresión de tales corporaciones, por no responder a una organización territorial autóctona. Así comienza un nuevo capítulo histórico no exento, sin embargo, de graves dificultades. De inmediato, se encarga a la Generalitat la elaboración de un anteproyecto de estatuto de autonomía que habrá de ser consultado en plebiscito a Catalunya y ratificado por las futuras cortes constituyentes españolas. La Generalitat provisional designa una asamblea o diputación, que nombra una ponencia redactora presidida por Jaume Carner.

El Proyecto de Estatutos para Catalunya, es sometido a referendum del pueblo de Catalunya.


El Proyecto de Estatutos para Catalunya, es en la fecha, sometido a referendum del pueblo de Catalunya con una participación del 75% del censo (limitado a la población masculina, de acuerdo con la legislación vigente) y con un 99% de votos afirmativos (592.961 votos). Además 400.000 firmas de mujeres se añaden a esta aceptación popular. En Barcelona, los votos negativos y la abstención llegan al 38 por 100, mientras en el resto de Catalunya representaron únicamente el 15 por 100. Así pues, hubo un texto de Estatuto catalán antes de la aprobación de la Constitución republicana española, de la misma manera que había habido república catalana horas antes de república española.

Se publica, gracias a la financiación de Francesc CAMBÓ, el ‘Diccionari general de la llengua catalana’.


La «Generalitat» intensifica la obra cultural iniciada por la «Mancomunitat». Uno de los aspectos culturales más remarcables del período republicano se da en el campo de la normalización lingüística del catalán. En todos los ámbitos culturales del país se imponen definitivamente las Normas ortográficas de Pompeu Fabra. En 1932 se publica, gracias a la financiación de Francesc CAMBÓ la pieza clave de la normalización lingüística, el ‘Diccionari general de la llengua catalana’, de Pompeu Fabra. Este diccionario, determina, junto con el ‘Diccionari ortogràfic’, como se ha de escribir el catalán. De esta manera se cierra un largo período de discusiones filológicas que han impedido, en gran manera, la difusión y la aceptación de unas normas ortográficas únicas.

El Estatut otorga a Catalunya facultades legislativas y ejecutivas en diversas materias.


El Estatut otorga a Catalunya facultades legislativas y ejecutivas en materias tales como hacienda, educación y cultura, transportes y comunicaciones, etc., al tiempo, que se garantiza la autonomía lingüística. De esta forma se cierra el ciclo iniciado tras la proclamación en Barcelona de la república catalana dentro de la española, y se comienza a hablar de «región autónoma dentro del Estado español». Francesc MACIÀ, bajando el tono de sus aspiraciones proclamadas el 14 de abril de 1931, anuncia en una alocución por radio desde su despacho, que el Estatut acaba de ser aprobado en el Parlamento de la República: «Después de 218 años en que nuestras libertades fueron holladas por la fuerza, hoy las recobramos por obra del amor y de la fraternidad entre los pueblos de España». El Estatut a pesar de estar considerablemente recortado en relación al texto de Núria, es recibido con alegría en todo Catalunya.