COSTUMBRES CRISTIANAS Y DEMÁS EN GENERAL

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A los judíos se les permite en Granada mantener sus sinagogas y seguir los rituales y las costumbres de su religión dentro de las juderías.


A los judíos se les permite en Granada mantener sus sinagogas y seguir los rituales y las costumbres de su religión dentro de las juderías. Por su parte, y con algunas diferencias entre los distintos reinos de la península Ibérica, muchos reyes imponen leyes restrictivas con las que esperan aplacar el creciente antisemitismo de la Iglesia y del pueblo. Entre estas medidas estan, por ejemplo, la de obligarles a llevar una señal amarilla o roja cosida visiblemente a la ropa, o la de prohibirles salir a la calle los días de la Semana Santa. De hecho, el bienestar de los judíos depende en gran medida de la mentalidad, actitud y tolerancia de cada rey para con ellos.

El Codi dels Usatges, es reconocido oficialmente como el principal fundamento jurídico de Catalunya.


Terminada la redacción definitiva del Codi dels Usatges, las Cortes de Barcelona de este año, hicieron un reconocimiento oficial, convirtiéndolo en el principal fundamento jurídico de Catalunya. Por lo tanto queda prohibido desde este año, la aplicación en los tribunales de las leyes romanas o visigodas; deben seguirse las constituciones de las Cortes y el Codi dels Usatges y, en defecto de éste, aplicar las costumbres del lugar o, en última instancia, el seny natural. El Codi dels Usatges de Barcelona constituye una recopilación de usos consuetudinarios, preceptos reales, textos clásicos y visigóticos y documentos canónicos.

Esta pieza también aparece en ... BARCELONA (Ciudad) • CODI DELS USATGES (1064-1251)

El papa BONIFACIO VIII publica un edicto por el que no se puede despedazar un cuerpo humano o hervirlo.


El papa BONIFACIO VIII publica un edicto por el que, cualquiera que se atreva a despedazar un cuerpo humano, o a hervirlo, será excomulgado; disposición que tiene por objeto prohibir una práctica que en ciertas ocasiones los cruzados han llevado a cabo. Cuando uno de los suyos muere, sus compañeros, en ocasiones, despedazan el cadáver y lo hierven después para obtener los huesos, que pueden llevarse fácilmente consigo y, de regreso, dárselos a los familiares del muerto, para que los entierren; el precepto de la Iglesia, que tiende a corregir tal costumbre, es interpretado como una prohibición general de la disección, sin que se excluyera la que tiene por fin el estudio de la Anatomía

El Concilio de Valladolid prohíbe la Ordalía o Juicio de Dios.


El Concilio de Valladolid que se celebra en el año de la fecha prohíbe la Ordalía o “Juicio de Dios”. Este Concilio se celebra con la intención de hacer efectiva la legislación de los Convenios ecuménicos del siglo XIII. Los documentos que emanan del Concilio vallisoletano, con el que se inicia la reforma de la Iglesia castellana, sentarán las premisas de los sínodos que se celebrarán con posterioridad: devolver al clero la dignidad propia de su estado y dotarlo de una mínima formación cultural serán los dos pilares que sustentarán las decisiones sinodales aprobadas sucesivamente por los arzobispos Albornoz, Carrillo y Cisneros. Ya en 1339, Albornoz volverá a insistir en que ningún clérigo fuere promovido a las órdenes sagradas si, al menos, no sabía expresarse por escrito. También establecerá la necesidad de que , como mínimo, uno de cada diez clérigos por cada catedral estudiase teología, cánones o artes liberales. Alfonso Carrillo exigirá el conocimiento del latín para la ordenación, así como el previo sometimiento a un tribunal examinador, presidido por el obispo o por dos varones de intachables costumbres.

La nobleza catalana empieza a escribir los dos apellidos unidos por una “i”.


A mediados del siglo XIV, la nobleza catalana empieza a imitar la costumbre de la castellana que siempre une con “y” sus dos apellidos. Esta costumbre arraigará en Catalunya, siendo casi un signo de distinción y pedigrí escribir los dos apellidos unidos por una “i”.

La conducta de JUANA de Portugal y de sus damas de honor escandaliza a los cortesanos.


La conducta de JUANA de Portugal y de sus damas de honor, que con ella llegan a España, escandaliza a los pacatos cortesanos castellanos, y ello da lugar a multitud de murmuraciones y calumnias. De todos modos, en su segunda boda, ENRIQUE IV no quiere someterse a la costumbre de que la primera noche de bodas, la pasaran los reales cónyuges ante la corte y un notario, a fin de comprobar si la sábana era manchada de sangre por la desfloración (Esta costumbre de enseñar la sábana manchada de sangre es practicada todavía hoy en algunos ambientes rurales y entre los gitanos)

Algunos nobles proponen introducir en Castilla la costumbre francesa que excluye a las mujeres del trono.


De hecho algunos nobles proponen introducir en Castilla la costumbre francesa, vigente también en Aragón, que excluye a las mujeres del trono, y proclamar rey a FERNANDO, basándose en que desciende de JUAN I de Castilla por línea de varón en el mismo grado que ISABEL. Con esta solución, se eliminaría, además, la pugna entre ISABEL y la pretendiente JUANA la Beltraneja. Parece que FERNANDO acepta de buen grado la propuesta, pero por lo visto, ISABEL le convence de los graves peligros que acarrearía tal decisión, ajena a los usos de Castilla; es evidente que la mayoría de la nobleza castellana no aceptaría la solución aragonesa.

El rey CARLOS I conmina a los musulmanes a no trabajar en días festivos cristianos.


El rey CARLOS I emite una pragmática, fechada en Granada el 7 de diciembre de 1526, por la que se conmina a los musulmanes a no trabajar en días festivos cristianos y a no llamar a la oración. Tenían que llevar una indumentaria especial para que se les reconociera. Prohíbe a los moriscos el uso de costumbres, trajes y nombres árabes o musulmanes, al tiempo que se ponen medidas para terminar con la endogamia morisca y se les invita a la conversión definitiva. Sin embargo, a cambio del pago de determinados impuestos, fue retrasándose la aplicación de tales medidas.

El Islam, tanto suní como chií, permite disimular y negar la fe si está en riesgo la integridad del fiel.


El miedo de los chiíes a ser atacados por los suníes, desde que se iniciaron las peregrinaciones a la mezquita de Kadimiya en Bagdad, en el siglo XVI, ha marcado el ritual con que se acompaña la visita. La oración es breve para, si las cosas pintan mal, poder rezarla en poco tiempo y practicar la taqiya, el disimulo. El Islam, tanto suní como chií, permite disimular o incluso negar la fe si está en riesgo la integridad del fiel. Esta práctica tan común entres los chiíes por haber vivido en general en situación de minoría choca con la exaltación, por otra parte, del martirio. Durante la más importante fiesta chií, Ashura. Los hombres se flagelan, se dan golpes en el pecho y la cabeza y se hacen cortes hasta sangrar abundantemente en recuerdo de la muerte de Husein, el nieto de Mahoma del que desciende Musa Al Kadem. Algunos países han llegado a prohibir autolesionarse, pero la costumbre es más fuerte que la ley y sigue haciéndose.

Esta pieza también aparece en ... DOCTRINA Y EXPANSIÓN DEL ISLAM • IRAK

El relato de Herberstein, revela testimonios muy valiosos sobre la vida cotidiana de la Rusia del siglo X


El relato de Herberstein, embajador de Alemania ante BASILIO III, Gran Príncipe de Moscú (1505-1533),
revela testimonios muy valiosos sobre las costumbres y la vida cotidiana de la Rusia del siglo XVI. El deslumbramiento que le produjo la suntuosidad de la corte no le impidió darse cuenta de cuán dura era la vida del pueblo llano. A través de una serie de anécdotas trazó un vívido cuadro de las costumbres rusas, tan diferentes de las suyas. Así, contó cómo un padre podía vender a su hijo como siervo. Lo cierto es que a veces los siervos eran emancipados por sus amos, pero no les quedaba más remedio que volver a venderse a otro amo para poder sobrevivir. Los campesinos, que llevaban una vida miserable, ni siquiera descansaban los días de fiesta, pues trabajaban seis días por semana para sus señores y el séptimo para ellos mismos. Herberstein describe también las batallas campales a puñetazos en las que, a modo de deporte, se enzarzaban los jóvenes de un pueblo contra los de otro. Ya por aquel entonces existían decretos contra la embriaguez; el alcohol no estaba en venta libre excepto para los guardias del soberano, quienes, para beberlo, habían de adquirirlo en un barrio especialmente construido para ello.